Control de plagas y enfermedades

La Dirección de Control de Vectores trabaja por reducir la carga y la amenaza de las enfermedades de transmisión vectorial a través de un control eficaz, sostenible, moderno y adaptado a las circunstancias locales.

Servicios
- Control poblacional de roedores en la vía pública, entidades, dependencias, escuelas, sin cargo. En el caso de particulares, empresas y comercios, los servicios tienen un cargo.
- Desinsectación y desinfección vehicular de taxis, remises, camiones, micros escolares y líneas de colectivos.
- Certificados de desratización, previa a la demolición de edificios.
- Campaña de control y desinsectación contra el Dengue y otras enfermedades vectoriales.
- Charlas educativas, expedientes, estadísticas, planificación, informes instructivos y capacitación del personal del área de control de vectores.

 

Se aclara a los vecinos del municipio que el personal municipal NO realiza el retiro, exterminio ni manipulación de panales o enjambres de abejas en propiedades privadas.

A diferencia de las plagas urbanas (como roedores o mosquitos) que se combaten por ser vectores de enfermedades, la abeja melífera es considerada un "insecto útil" y es fundamental para el equilibrio de nuestro ecosistema y la biodiversidad local.

Por este motivo, su preservación está amparada por normativas vigentes que prohíben su destrucción o daño.

¿Qué tenés que hacer si encontrás un panal en tu casa?

  1. No las agredas: No intentes mojarlas, quemarlas o golpearlas, ya que esto puede provocar un comportamiento defensivo peligroso.
  2. Contactá a un profesional: Para su retiro seguro, deberás contactar a un apicultor privado o rescatista de enjambres.

Contacto

WhatsApp: 1131512985
Teléfonos: 4513-7828 / 4763-4322
controldevectores@sanisidro.gob.ar
Av. Fondo de la Legua 240, Martínez

Marco Legal de Protección
El Municipio de San Isidro adhiere a:

  • LEGISLACIÓN NACIONAL:
    • Ley Nacional Nº 25.466 (Ley Apícola Nacional): Declara de Interés Nacional a la apicultura y la protección de la abeja como "Insecto Útil y Benéfico".
    • Ley Nacional Nº 20.876: Declara de interés nacional la protección de la flora apícola.
  • LEGISLACIÓN PROVINCIAL (Buenos Aires):
    • Ley Provincial Nº 8.314: Establece que la abeja doméstica es un "Bien Social" y debe ser protegida legalmente.
  • NORMATIVA MUNICIPAL (San Isidro):
    • El Municipio adhiere a las leyes superiores a través de su política ambiental, enmarcada en la Ordenanza Nº 8461 y el Código de Ordenamiento Urbano.

Aclaración: La Dirección de Control de Vectores tiene competencia exclusiva sobre especies declaradas "plaga sanitaria" (roedores, mosquitos, etc.), quedando las abejas fuera de su jurisdicción de exterminio por estar protegidas.