Aviso de obra

¿En qué consiste y para qué realizarlo?

El Aviso de Obra se debe tramitar para hacer reformas de pequeña magnitud en una propiedad.

Según el Código de Edificación (en el Art. 2.1.1.3 del C.E.S.I.), se necesita el aviso para:

  - Ejecutar o realizar solados.
  - Ejecutar revoques exteriores.
  - Cambiar o pintar fachadas, revoques y/o trabajos similares a la calle.
  - Limpiar o pintar fachadas, revoques y/o trabajos similares a la calle.
  - Cambiar o arreglar cubiertas de techos y/o salientes a la calle.
  - Cambiar o arreglar cielorrasos.
  - Trabajos que demande una valla o andamio para ocupar la vereda o calle con materiales (con o sin permiso).
  - Relleno y/o nivelación de terrenos.
  - Arreglos en general de poca importancia en las instalaciones mecánicas, eléctricas, térmicas y de inflamables.
  - Otros trabajos no contemplados a evaluar por las O.T.

 

¿Cómo, dónde y cuándo se realiza?

El trámite de aviso de obra se realiza totalmente de manera digitalizada y vía Web (tanto en computadoras de escritorio o en navegadores moviles), para ello deberá ingresar a "San Isidro - Municipio" y dentro del escritorio centralizado ciudadano encontrará la sección correspondiente, identificada como "Mis registros de Obras Particulares".
 

INICIAR AVISO DE OBRA

 

¿Quién puede efectuarlo?

Cualquier persona mayor de edad, titular, propietario, profesional responsable o apoderado, debidamente identificado de la propiedad.

¿Cuáles son los pasos a seguir?

En caso de que la documentación la presente el PROPIETARIO
  - Escritura
  - Presupuesto estimativo
  - Memoria descriptiva
  - Documento (DNI)

En caso de que la documentación la presente el LOCATARIO COMERCIAL
  - Contrato de locación
  - Escritura del locador
  - Documento (DNI) de ambos
  - Memoria descriptiva
  - Presupuesto estimativo
  - Autorización del locador para realizar los trabajos

En caso de que la documentación la presente el PROFESIONAL ACTUANTE
  - Escritura
  - Documento (DNI) de ambos
  - Autorización ante escribano publico otorgada por el propietario
  - Matrícula en el municipio
  - Memoria descriptiva
  - Presupuesto estimativo

En caso de que la documentación la presente OTROS
  - Escritura
  - Documento (DNI) de ambos
  - Autorización ante escribano publico otorgada por el propietario
  - Memoria descriptiva
  - Presupuesto estimativo

 

¿Tiene costo asociado?

El trámite no tiene costo asociado. ES GRATUITO.

 

Art. 45 de la Ordenanza Fiscal

Art. 45 de la Ordenanza Fiscal

Será requisito ineludible para dar curso a todo trámite municipal, que el peticionante acredite no ser deudor de obligaciones fiscales mediante la presentación de una certificación de libre deuda que expedirá al efecto la autoridad de aplicación. En casos debidamente justificados, dicha autoridad podrá considerar suficiente a este efecto la consolidación de la deuda mediante planes de facilidades. Asimismo, podrá requerir el otorgamiento de garantía a satisfacción.

Advertencia

Advertencia

En todos los trámites se generará por medio de una agente municipal un libre deuda previo a autorizar su solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 45 de la Ordenanza Fiscal. En caso de existir deuda, el agente Municipal se lo informará junto con las alternativas para regularizarla. Sin el libre deuda consolidado no se podrá continuar con la solicitud y será rechazada.

Documentos adicionales

Documentos adicionales

En caso que se trate de un edificio se deberá adjuntar:
  - Reglamento de copropiedad
  - Designación del adimistrador del consorcio
  - Autorización por parte del administrador a realizar las tareas

En caso que se tilde "vallas y/o andamios en vía pública" se deberá adjuntar:
  - Seguro contra terceros y de responsabilidad civil por el plazo de obra solicitado

Los archivos deben subirse en formato PDF

Los archivos deben subirse en formato PDF

Todos los documentos mencionados en los requisitos deberán ser previamente digitalizados como archivo PDF para poder adjuntar al sistema Web. Asimismo, se deberá contar con los mismos en original en el caso de que sean requeridos para presentarse ante un agente municipal de forma presencial.
 

Importante

Importante

Es de exclusiva responsabilidad del propietario y solicitante los daños y/o perjuicios a terceros que genere el desarrollo de las tareas solicitadas.
 

Organismo responsable 
Dirección de Obras Particulares
Dirección 
Av. Centenario 77, 5º Piso
Telefono 
4512-3698
Mail 
obrasparticulares@sanisidro.gob.ar