DESGLOSE DE CUENTAS

Corresponde a la apertura de cuentas que se hallaban englobadas en una cuenta corriente. Para dicha apertura las construcciones no deben estar encaballadas.

Si además las parcelas están englobadas en Catastro Territorial de la Provincia de Buenos Aires, previamente se debe solicitar el desglose en ese organismo mediante la Cédula Catastral y planilla de revalúo de la Ley 10.707.
 

¿Cómo, dónde y cuándo se realiza?

El trámite es presencial y debe para ello completar todos los requisitos y documentos para presentarlos en nuestra dependencia, para ello deberá solicitar un turno de atención dentro de los días y horarios disponibles, ingresando al escritorio centralizado ciudadano y haciendo clic en "Nuevo Turno" en el servicio "Catastro" y seleccionar el tipo de trámite que corresponda.

Solicitar turno online

 

¿Quién puede efectuarlo?

Cualquier persona mayor de edad, titular, propietario, profesional responsable o apoderado, debidamente identificado de la propiedad.
 

Documentación a presentar para la iniciación del trámite 

  - Completar formulario entregado por esta Dirección.
  - Plano de obra si existiera.
  - Fotocopia de Escritura.
  - Abonar derechos de desglose.
  - Abonar sellado de iniciación de expediente.
  - Cédulas Catastrales Ley 10.707 y formulario A901 (Catastro Territorial Pcia. De Buenos Aires).

DESCARGAR PLANILLA

 

¿Tiene costo asociado?

Se deberá considerar los sellados administrativos por inicio de trámite e ingresos de documentación así como también la correspondientes liquidaciones de derechos.

 

Advertencia

Advertencia

En todos los trámites se generará por medio de una agente municipal un libre deuda previo a autorizar su solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 45 de la Ordenanza Fiscal. En caso de existir deuda, el agente Municipal se lo informará junto con las alternativas para regularizarla. Sin el libre deuda consolidado no se podrá continuar con la solicitud y será rechazada.

Art. 45 de la Ordenanza Fiscal

Art. 45 de la Ordenanza Fiscal

Será requisito ineludible para dar curso a todo trámite municipal, que el peticionante acredite no ser deudor de obligaciones fiscales mediante la presentación de una certificación de libre deuda que expedirá al efecto la autoridad de aplicación. En casos debidamente justificados, dicha autoridad podrá considerar suficiente a este efecto la consolidación de la deuda mediante planes de facilidades. Asimismo, podrá requerir el otorgamiento de garantía a satisfacción.

Organismo responsable 
Dirección de Catastro
Dirección 
Av. Centenario 77, San Isidro
Telefono 
4512-3561/3045
Mail 
catastro@sanisidro.gov.ar