Sistemas reguladores y retardadores de aguas de lluvia

Sistemas reguladores y retardadores de aguas de lluvias

En los proyectos que impliquen la reducción del terreno absorbente en mas de 400m2, la relación entre la superficie impermeable del predio y la superficie del terreno sea ≥ 0.28 se deberán incluir: sistemas estancos, retardadores, reguladores y/o de reserva de las aguas pluviales provenientes de las superficies no permeables (cubiertas, solados, otros) que minimicen y regulen en forma progresiva la afluencia de aguas de lluvia a la vía pública y/o a la red de desagües pluviales, para compensar la impermeabilización del terreno propio y del entorno según corresponda a la magnitud del proyecto.

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¿Quién puede efectuarlo?

Cualquier persona mayor de edad, titular, propietario, profesional responsable o apoderado, debidamente identificado de la propiedad.

¿Cuáles son los requisitos previos?

   - Nota de presentación dirigida al Sr. Intendente, firmada por el o los interesados debidamente acreditados.
  - Memoria descriptiva del sistema adoptado, imágenes del sistema, su ubicación, conexión con las áreas impermeables, capacidad, utilización de las aguas de lluvias, entre otros. Debe estar firmada por el propietario o persona que acredita debida autorización y un profesional competente.
  - Dimensionado del reservorio, debidamente justificado, indicando: superficie del predio, superficie impermeable, coeficientes de escorrentía y coeficiente de impermeabilización adoptados.
  - Planos de proyecto indicando: ubicación del reservorio, conexión de las superficies impermeables al mismo, conexión hasta la LM, materiales utilizados, capacidad, y toda información necesaria para su comprensión.
  - Deberá componerse de: plantas, vistas, cortes y detalles constructivos, en escala 1:100 / 1:50.
  - Indicar el número de expediente de construcción donde se tramita el proyecto el cual requiere sistema de reservorio.
  - Fotocopia DNI de los firmantes.
  - De contar con una capacidad superior a los 10m3, deberá contar con sistema de reutilización de aguas de lluvias. Deberá adjuntarse a la documentación anterior toda documentación que describa, detalle y respalde el / los sistemas adoptados.

 

¿Tiene costo asociado?
Se deberá considerar los sellados administrativos por inicio de trámite e ingresos de documentación.

 

 

CALCULADOR DE DERECHOS DE CONSTRUCCIÓN

Para calcular el valor de los derechos de construcción.

Advertencia

Advertencia

En todos los trámites se generará por medio de una agente municipal un libre deuda previo a autorizar su solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 45 de la Ordenanza Fiscal. En caso de existir deuda, el agente Municipal se lo informará junto con las alternativas para regularizarla. Sin el libre deuda consolidado no se podrá continuar con la solicitud y será rechazada.

Art. 45 de la Ordenanza Fiscal

Art. 45 de la Ordenanza Fiscal

Será requisito ineludible para dar curso a todo trámite municipal, que el peticionante acredite no ser deudor de obligaciones fiscales mediante la presentación de una certificación de libre deuda que expedirá al efecto la autoridad de aplicación. En casos debidamente justificados, dicha autoridad podrá considerar suficiente a este efecto la consolidación de la deuda mediante planes de facilidades. Asimismo, podrá requerir el otorgamiento de garantía a satisfacción.

Organismo responsable 
Dirección de Obras Particulares
Dirección 
Av. Centenario 77, 5º Piso
Telefono 
4512-3521/3698
Mail 
obrasparticulares@sanisidro.gov.ar